miércoles, 26 de abril de 2017

¿Escuela laica?... como en Europa



Recientemente diversos agentes han publicado un documento en contra de la LOMCE.  Sin entrar a valorar el documento en su conjunto, con el que podríamos coincidir parcialmente, desde la asociación familiar BAGARA queremos manifestar nuestro total desacuerdo en lo que respecta al contenido que aparece bajo el epígrafe “ESCUELA LAICA”.   En ese punto estos agentes muestran, una vez más, su concepción laicista de la sociedad y de la educación.

Afirman que la LOMCE incluye la asignatura de Religión como materia evaluable. Así es. La Religión ha sido materia evaluable desde siempre. Y, efectivamente, la LOMCE continúa considerando a la Religión materia evaluable. No podría ser de otra forma de acuerdo con la ley, que considera que la Religión debe tener un tratamiento equiparable al resto de las asignaturas. Por esta misma razón, además de ser evaluable, debe estar dentro del horario escolar, no “al margen del horario escolar”, como esos agentes proponen.
Dicen también que la alternativa a la Religión, Valores Sociales y Cívicos, se crea para justificar la presencia de la Religión. Pues no. La presencia de la Religión en la Escuela se justifica fundamentalmente por la confluencia de dos elementos: Por una parte, el derecho de los padres / madres a que sus hijos/as reciban la educación de acuerdo a sus valores y creencias; y, por otra parte, porque la Escuela es uno de los lugares privilegiados que socialmente hemos aceptado para la educación de nuestros hijos/as. Por eso establece la ley que la Religión se dé en la Escuela. Por eso sucede lo mismo en Europa.
En Europa la asignatura de Religión está presente en la inmensa mayoría de los países (por ejemplo Finlandia, Suecia y Holanda, países cuyo nivel educativo suele ser considerado como excelente). El único caso donde no está presente esta asignatura en los planes de estudios es en Francia (y no en toda Francia pues hay regiones francesas que sí la tienen incorporada en sus planes de estudios). En algunos países la asignatura de Religión es obligatoria (Alemania, Finlandia,...) y en otros es voluntaria (España, Belgica,...). En estos países figura siempre una asignatura alternativa a la Religión. Hay países donde el soporte legal para la inclusión de la enseñanza de las religiones en la escuela son los acuerdos y convenios con las confesiones religiosas (España, Croacia, Lituania, …); en otros, es la propia Constitución del país la que lo recoge (Dinamarca, Luxemburgo, Holanda, …); y en otros, son las propias leyes educativas las que así lo contemplan.

Desde esas entidades entienden “que la educación en valores, es un aprendizaje común para todo el alumnado, al margen de las creencias religiosas personales (la “negrita” es nuestra)”. Son muy libres de entenderlo de esa manera, y de promover los cambios legislativos que corresponda para conseguirlo, de acuerdo a los procedimientos establecidos. Pero su idea parte de una opción ideológica, una entre tantas opciones posibles, según la cual sólo los valores comunes deben darse en la Escuela. Naturalmente, esa opción ideológica que limita la educación en valores a la enseñanza de aquellos valores que son comunes a toda la sociedad, exige la exclusión de los valores religiosos de la Escuela y, por tanto, también la exclusión de la asignatura de Religión, puesto que el alumnado no tiene por qué compartir los mismos valores religiosos.

Podríamos afirmar, sin temor a equivocarnos, que la opción ideológica de esos agentes tiende a una educación uniformizadora. Presumiendo de educación inclusiva y de promover la tolerancia, no tolera las diferencias en valores y persigue excluir del ámbito común de la Escuela Pública aquellas concepciones educativas que no coinciden con la suya propia. En otras palabras, defienden un modelo de Escuela Pública laicista  y excluyente, es decir, una escuela en la que el Estado impone una educación basada en una determinada opción ideológica, la suya propia.

Nuestra opción, que la legislación en vigor ampara, parte de la libertad de los padres / madres para elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos/as. Las autoridades educativas deben tutelar este derecho, también en la Escuela Pública. Así mismo, deben garantizar a todo el alumnado el aprendizaje de los valores comunes que la sociedad establece como fundamentales para favorecer la convivencia (en eso coincidimos con esos agentes). Pero la obligatoriedad de cursar unos valores comunes no significa la exclusión de los valores no comunes. Defendemos que la educación en valores en la Escuela Pública debe intentar incluir todos aquellos valores que son importantes para el desarrollo integral del ser humano. Entre ellos, los valores religiosos y morales. Un Estado verdaderamente laico (no laicista) o aconfesional, que no hace suya ninguna opción ideológica, debe garantizarlo. Y al hacerlo, crea las condiciones óptimas para la educación de nuestros hijos/as en la tolerancia. ¿Qué mejor ejercicio para ello que la convivencia entre los niños/niñas provenientes de diferentes sustratos ideológicos o religiosos? Naturalmente, entendemos y aceptamos que haya padres / madres que prefieran otro tipo de educación para sus hijos/as. Por eso la clase de Religión no se impone a nadie, sino que se oferta, y sólo la cursan quienes voluntariamente la eligen.

BAGARA GURASO ELKARTEA
ASOCIACIÓN FAMILIAR BAGARA
bagaraelkartea1@yahoo.es

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